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8M, derecho a decidir y valor supremo de la vida humana

8M, derecho a decidir y valor supremo de la vida humana

5 de marzo de 2024

Autor: Juan Manuel Palomares Cantero

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Introducción

En la reciente ola de intensificación del movimiento feminista, impulsada por la creciente violencia y los asesinatos de mujeres en nuestro país, surge una llamada urgente tanto a la acción como a la reflexión profunda. Más allá de estos graves problemas, la celebración del Día Internacional de la Mujer 8M, nos invita a un análisis minucioso de los logros alcanzados y los retos persistentes en la promoción de los derechos de las mujeres a nivel global. Entre los temas esenciales se destaca el derecho a tomar decisiones autónomas sobre aspectos fundamentales de su vida, incluyendo su salud reproductiva y su rol en la sociedad. Este derecho es reconocido como un pilar esencial para la igualdad de género y el empoderamiento femenino. Sin embargo, se plantea la necesidad de enmarcar esta libertad de elección dentro de un contexto ético que valore primordialmente la vida humana, especialmente en debates delicados como el del aborto y la salud reproductiva. Este enfoque busca armonizar el respeto por la autonomía personal con una consideración profunda por el valor supremo de la vida, subrayando la importancia de un diálogo equilibrado y compasivo en estas cuestiones fundamentales.

 

Fundamento del derecho a decidir

El fundamento del derecho a decidir, arraigado en la autonomía y dignidad de las mujeres, refleja la necesidad de construir sociedades equitativas donde ellas pueden influir significativamente en el desarrollo colectivo. Este derecho implica una responsabilidad ética profunda, respetando la vida en todas sus manifestaciones y buscando un equilibrio en debates sensibles como el aborto. Así, la promoción de servicios de salud reproductiva, la educación sexual y el apoyo a la maternidad responsable son esenciales. La inclusión de las ideas de Banerjeei sobre los derechos sexuales y reproductivos destaca la urgencia de políticas que aseguren el ejercicio de estos derechos, en un marco de diálogo y respeto mutuo, para avanzar hacia una sociedad donde se valoran tanto la autonomía de las mujeres como el valor supremo de la vida.

La libertad de decidir debe ejercerse con un profundo respeto por la vida humana, considerando su singularidad y dignidad como el fundamento de todos los derechos. Este principio ético y bioético es crucial especialmente en debates sensibles como el aborto, donde se confrontan los derechos de la mujer con el derecho a la vida del no nacido. Abordar esta complejidad requiere sensibilidad y compasión, reconociendo la necesidad de un equilibrio ético que resguarde la dignidad humana en todas sus etapas.

En el centro del debate bioético sobre la salud reproductiva, buscamos un equilibrio entre la autonomía de la mujer y el respeto a la vida en gestación, enfatizando el acceso a servicios de salud seguros y el apoyo integral a mujeres en situación de vulnerabilidad. Más allá del aborto, se resalta la importancia de educación sexual y una maternidad responsable, promoviendo un respeto por la vida y la dignidad humana, y ejerciendo la libertad individual de manera responsable y ética.

Al buscar un equilibrio que proteja la autonomía de la mujer y el valor de la vida del concebido, es esencial garantizar el acceso a servicios de salud reproductiva seguros y ofrecer apoyo integral a las mujeres embarazadas. Este compromiso se alinea con las ideas presentadas por Guevaraii, quien enfatiza los derechos sexuales y reproductivos como fundamentales.

Resaltar la relevancia de acuerdos internacionales como la Conferencia de Teherán y la CIPD (Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo) en El Cairo es esencial para enfocar la salud reproductiva y los derechos sexuales desde una óptica de derechos humanos, subrayando la necesidad de una vida sexual segura, educación sexual adecuada y atención materna. Este enfoque promueve el respeto por la vida y la dignidad humana, esenciales para construir sociedades más justas. La decisión sobre estos derechos debe ser tomada con responsabilidad, diálogo y educación, para asegurar el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres sin comprometer la vida humana.

Reafirmar los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos esenciales es clave para empoderar a las mujeres, permitiéndoles una participación activa y consciente en las decisiones que afectan su salud y vida. Esta premisa subraya la necesidad de un enfoque integral que equilibre la autonomía personal con la responsabilidad ética hacia la vida, promoviendo el acceso a servicios de salud y la importancia de una educación sexual integral. Avanzar hacia este ideal implica un compromiso colectivo con el diálogo, la educación integral y políticas inclusivas, asegurando así que todas las mujeres ejerzan plenamente sus derechos en un marco de respeto mutuo y dignidad humana, contribuyendo a la construcción de una sociedad más justa y equitativa.

Al priorizar el valor supremo de la vida humana sobre el derecho a decidir, es esencial reconocer que la autonomía personal, aunque fundamental, encuentra su límite cuando entra en conflicto con la protección de la vida. Este enfoque bioético no niega la importancia de la dignidad y la libertad individual de las mujeres, sino que propone una reflexión profunda sobre cómo nuestras decisiones impactan la existencia de otros seres humanos. En el ámbito de la salud reproductiva y los derechos sexuales, esto significa fomentar políticas y prácticas que equilibren la necesidad de autonomía de las mujeres con el respeto incondicional por la vida, desde su concepcióniii. Tal equilibrio requiere promover un acceso amplio a la educación sexual integral y a servicios de salud reproductiva que respeten tanto la elección de la mujer como la vida en gestación, navegando cuidadosamente entre el derecho a decidir y la ética de la vida.

La discusión sobre el derecho a decidir, especialmente en temas tan delicados como el aborto, debe ser abordada con una perspectiva que valore la vida como el bien más preciado y no negociable. Reconocer la complejidad de estas situaciones implica adoptar un enfoque compasivo y equitativo que busque soluciones que honren tanto la autonomía de la mujer como el principio fundamental del respeto por la vida. Esto no solo implica garantizar servicios de salud seguros y accesibles sino también ofrecer un soporte integral a las mujeres en situaciones vulnerables, asegurando que la decisión sobre su cuerpo y su futuro se tome en un contexto de apoyo, información y respeto a la vida en todas sus etapas. Este compromiso con la vida define un marco bioético en el que la libertad de decidir se ejerce de manera consciente y responsable, subrayando la importancia de proteger las vidas más vulnerables en nuestra sociedad.

 

Habeas corpus

En la vanguardia de la protección de los derechos humanos, la figura del habeas corpus surge en la defensa de la libertad, la integridad física y la vida. Esta herramienta legal, proactiva por naturaleza, refleja el compromiso de anticiparse a las violaciones de derechos, estableciendo un paralelo con la necesidad de políticas preventivas en el ámbito del derecho a decidir. La anticipación y la protección son principios que deben guiar la formulación de leyes y políticas que salvaguarden la autonomía personal y el respeto por la vida, desde el diseño hasta su implementación.

La aplicación del habeas corpus nos ofrece una perspectiva valiosa sobre cómo la prevención puede ser un principio rector en la protección de derechos fundamentalesiv. Al integrar esta idea en el debate sobre el derecho a decidir y la valoración de la vida, se destaca la importancia de un enfoque preventivo. Esto implica no solo asegurar el acceso a servicios de salud reproductiva seguros y de calidad, sino también promover una educación sexual integral que empodere a las personas para tomar decisiones informadas, en un marco de respeto mutuo y consideración ética por todas las formas de vida.

Así, la lección del habeas corpus se traduce en una llamada a la acción para los formuladores de políticas y la sociedad en general: construir un entorno en el que los derechos a decidir, junto con la protección de la vida, sean ejes centrales de nuestras estructuras legales y sociales. Este enfoque no solo fortalece la autonomía individual y la dignidad humana, sino que también promueve una cultura de prevención y respeto que trasciende el ámbito legal, arraigándose en los valores bioéticos de nuestra sociedad.

 

Interés superior del niño

Integrar el principio del interés superior del niño en la discusión sobre el derecho a decidir y el valor supremo de la vida humana proporciona una perspectiva que armoniza la protección de los derechos fundamentales con el respeto por la vidav. Este principio, reconocido internacionalmente, obliga a considerar prioritariamente el bienestar y los derechos de los niños en todas las decisiones y políticas que les afectan. En el contexto de la salud reproductiva y los derechos sexuales, este enfoque enfatiza la importancia de garantizar que todas las acciones y decisiones promuevan lo mejor para el niño, incluso antes de su nacimiento.

Al ponderar el derecho a decidir desde la perspectiva del interés superior del niño, se reconoce que las decisiones relativas a la salud reproductiva no solo afectan a la mujer, sino también al niño por nacer. Este principio refuerza la idea de que el derecho a decidir debe ejercerse con una consideración ética profunda que tenga en cuenta la protección de la vida y el bienestar de los más vulnerables. La implementación de este principio en políticas y prácticas médicas subraya la responsabilidad de salvaguardar los derechos fundamentales del niño, equilibrando la autonomía de la mujer con el deber de proteger la vida en todas sus etapas.

Incorporar el principio del interés superior del niño en debates sobre autonomía refuerza un enfoque bioético integral. Este principio invita a considerar el bienestar infantil en decisiones, promoviendo un cuidado desde la concepción. Destaca la importancia de políticas que reflejen un compromiso con la vida y el bienestar humano, favoreciendo una reflexión profunda sobre el valor que nuestras sociedades otorgan a la protección y dignidad de cada ser desde sus inicios.

 

Justo medio aristotélico

Al abordar el derecho a decidir y el valor supremo de la vida humana desde el principio aristotélico del justo medio, encontramos una guía ética para navegar el complejo equilibrio entre la autonomía personal y la protección de la vida. Aristóteles enseña que la virtud se encuentra en el equilibrio entre dos extremos, lo cual sugiere que, en el debate sobre temas sensibles como el aborto, se debe buscar un punto medio que respete tanto el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo como la importancia intrínseca de la vida humanavi.

Adoptar el principio del justo medio en debates sobre derechos reproductivos enfatiza la necesidad de un análisis reflexivo y equilibrado de los valores en juego. Este enfoque promueve considerar las circunstancias únicas y los impactos éticos de las decisiones, buscando armonizar derechos y responsabilidades hacia el respeto de la dignidad humana. Fomenta un diálogo inclusivo, esencial para abordar la intersección entre derechos individuales y bienestar colectivo, apuntando hacia soluciones socialmente responsables y bioéticamente fundadas.

Desde una perspectiva humanista, el debate sobre el derecho a decidir y el valor supremo de la vida humana nos invita a reconocer y honrar la dignidad intrínseca de cada ser humano. Este enfoque nos compromete a buscar un equilibrio ético que respete tanto la autonomía individual como la protección de la vida, promoviendo el bienestar común en una sociedad fundamentada en el respeto mutuo, la solidaridad y la responsabilidad compartida. Al abordar estos temas complejos, el humanismo nos desafía a construir un futuro más compasivo y justo para todos.

 

Conclusiones

  1. La autonomía de decidir de las mujeres debe equilibrarse cuidadosamente con el respeto por la vida humana, reconociendo la responsabilidad bioética en la toma de decisiones sobre salud reproductiva.

  2. La sociedad debe priorizar la protección de los más vulnerables, incluyendo a los no nacidos, al implementar políticas que armonicen los derechos reproductivos con el valor de la vida.

  3. Aplicar el principio del justo medio para encontrar un equilibrio bioético en debates sensibles, promoviendo un diálogo inclusivo y compasivo.

  4. Desde una perspectiva humanista, es crucial promover el respeto por la dignidad de todos y buscar soluciones que beneficien el bienestar común, respetando tanto la autonomía individual como la protección de la vida.

 

 

Juan Manuel Palomares Cantero es abogado, maestro y doctor en Bioética por la Universidad Anáhuac, México. Fue director de Capital Humano, director y coordinador general en la Facultad de Bioética. Actualmente se desempeña como investigador en la Dirección Académica de Formación Integral de la misma Universidad. Es miembro de la Academia Nacional Mexicana de Bioética y de la Federación Latinoamericana y del Caribe de Instituciones de Bioética.


Las opiniones compartidas en este blog son de total responsabilidad de sus respectivos autores y no representan necesariamente una opinión unánime de los seminarios, ni tampoco reflejan una posición oficial por parte del CADEBI. Valoramos y alentamos cualquier comentario, respuesta o crítica constructiva que deseen compartir.


 

i Banerjee, D., & Rao, T. S. (2021). Sexual and Reproductive Rights: Time to Ring the Bell? Journal of Psychosexual Health, 3(4), 301-304.

ii Guevara-Ríos, E. (2020). Derechos sexuales y derechos reproductivos. Revista Peruana de investigación materno perinatal, 9(1), 7-8.

iii Barcenas Barajas, K. (2021). Género y sexualidad en disputa: desigualdades en el derecho a decidir sobre el propio cuerpo desde el campo médico. Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Sociales.

iv Ramón Fernández, F. (2020). El derecho a la vida ya la protección de la salud en las medidas adoptadas en España como consecuencia de la covid-19: Una reflexión sobre su oportunidad. Estudios constitucionales, 18(2), 51-86. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=7408558  

v Toral, P. F. A., Álvarez, J. C. E., Avila, D. A. O., & Zurita, I. N. (2020). La aplicación de los derechos humanos en el interés superior del niño. Iustitia Socialis: Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Criminalísticas, 5(8), 624-644. 

vi Correa, A. C. (2020). Ética y sabiduría práctica: las exigencias retóricas del discurso político en Platón y Aristóteles. Revista institucional| UPB, 59(159), 285-300. 

 


Más información:
Centro Anáhuac de Desarrollo Estratégico en Bioética (CADEBI)
Dr. David Cerdio Domínguez
david.cerdio@anahuac.mx