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Facultades y competencias

ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES

La Defensoría Anáhuac tiene las siguientes atribuciones y responsabilidades:

  • Actuar con apego a los principios de confidencialidad, buena fe, privacidad de la información, objetividad, imparcialidad, legalidad, debida diligencia, perspectiva de género, de derechos humanos, pro persona, presunción de inocencia, prohibición de represalias, no discriminación y, no revictimización.
  • Admitir, recibir y atender quejas, denuncias, inconformidades o reclamaciones de miembros de la comunidad universitaria Anáhuac, por actos u omisiones que afecten los derechos que otorga la normatividad universitaria y los que protegen los protocolos especializados, así como por actos u omisiones que vulneren su integridad o que constituyan cualquier tipo de violencia o vulneración de un derecho humano y/o universitario. En caso de rechazarse la petición se orientará al denunciante sobre las vías alternativas para su atención.
  • Integrar debidamente en un marco de legalidad el expediente de investigación por denuncias o quejas de la comunidad universitaria contra cualquier acto u omisión.
  • Decretar medidas cautelares necesarias y urgentes para la protección de la persona afectada.
  • Requerir a las personas señaladas como probables responsables de los informes respectivos, realizando las investigaciones o estudios que considere convenientes.
  • Coadyuvar con las autoridades en la estrategia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género y cualquier otra forma de violencia.
  • Proporcionar asesoría en materia de derechos humanos y universitarios.
  • Fungir como instancia para la igualdad de género y coordinar las acciones en este campo (en los términos que establece el art. 43 de la Ley General de Educación Superior).
  • Vigilar el cumplimiento y respeto al estado de derecho universitario en los casos en que un alumno, académico, administrativo o cualquier persona reclame la violación, en función de la afectación de un derecho individual.
  • Iniciar el procedimiento disciplinario ante la Comisión Consultiva y Disciplinaria.
  • Recabar de la comunidad universitaria la información que considere oportuna para el desarrollo de sus funciones. Todos los miembros de la comunidad universitaria Anáhuac, especialmente las autoridades académicas y administrativas, estarán obligadas a prestarle colaboración.
  • Formular y proponer las recomendaciones que, conforme a derecho, puedan dar por terminada la afectación reclamada, buscando cuando esto sea posible, dar soluciones inmediatas, para lo cual tendrá facultades para citar a las personas involucradas y proponerles dicha solución, para evitar mayor pérdida de tiempo y perjuicios al reclamante.
  • Coordinar, actualizar y vigilar el registro de sanciones y su cumplimiento efectivo en los casos que se deriven de los protocolos especializados.
  • Suscribir convenios de coordinación y vinculación con organismos públicos autónomos y descentralizados federales, estatales y municipales, así como organizaciones no gubernamentales en materia de derechos humanos.
  • Realizar campañas de difusión y reconocimiento de derechos universitarios y derechos humanos, contra cualquier tipo de violencia hacia toda la comunidad universitaria.
  • Proponer y difundir campañas, conferencias, cursos, especialización de capacitación en materia de derechos humanos y derechos universitarios a toda la comunidad universitaria.
  • Todas aquéllas que sean complementarias para el correcto desarrollo de los fines de la Defensoría Anáhuac.

ACTUACIÓN DE LA DEFENSORÍA

La Defensoría Anáhuac actuará a petición de parte o de oficio cuando tenga conocimiento de posibles hechos que sean de su competencia, en relación con aquellas cuestiones que puedan afectar a los derechos y obligaciones de las personas que conforman la comunidad universitaria Anáhuac, siempre con apego y respeto a la legislación vigente y a la normativa interna de la universidad.

IMPEDIMENTOS DE LA DEFENSORÍA

La Defensoría Anáhuac estará impedida para:

  • Imponer sanciones ya que en el correspondiente procedimiento disciplinario se establecen las instancias facultadas para ello,
  • Conocer de las afectaciones de los derechos de naturaleza laboral, sean de carácter individual o colectivo;
  • Conocer de las resoluciones disciplinarias en curso o resueltas por autoridades o instancias competentes al interior de la universidad,
  • Conocer de las evaluaciones académicas del profesorado, jurados calificadores, comisiones dictaminadoras, consejos técnicos o internos,
  • Conocer de asunto, investigación o procedimiento en curso o pendiente de resolución en el ámbito jurisdiccional o disciplinario de la universidad, a menos que haya sido iniciado por la misma Defensoría Anáhuac, o sea solicitada expresamente su intervención o colaboración; y en general aquellos asuntos que puedan atenderse por otras vías establecidas en la normatividad universitaria.