La flexibilidad corporativa y las responsabilidades legales de la empresa
Ante la enseñanza del derecho de empresa o de sociedades mercantiles no basta con transmitir la estructura normativa de la Ley de la materia, y su complementarios contenidas en el Código de Comercio y su norma supletoria ubicada en el Código Civil.
El intento de reducir a una expresión puramente positivista o en su caso la “hechura” de la redacción de un contrato de sociedad y sus consecuentes estatutos, no es otra cosa desde mi apreciación, que el convertir al abogado en técnico jurídico, y más en el mundo actual en el que un medianamente buen prompt, puede emitir un resultado más o menos pasable, que con una revisada rápida ajusta a las necesidades del usuario de la I.A.
Es por esto, que me parece necesario transmitir al alumno, la necesidad de entender a las empresas conformadas como Sociedades Mercantiles, más que una persona distinta a las que la conforman; con nombre, domicilio y patrimonio propios – prácticamente una ficción legal, que existe por el acto mismo de su constitución y puesta en marcha – sino como entes vivos que en su desarrollo requieren la implementación de un gobierno que lo controle es decir que ponga el Tone from the top y que de la misma manera sea consciente de las Responsabilidades Legales a las que se enfrenta en el día a día.
Para este el nuevo abogado, necesita de herramientas solidas tales como, la base normativa que ya lo hace un “técnico jurídico”; un pensamiento crítico, reforzado del complejo, para profundizar en las problemáticas que se le presenten como asesor externo o abogado interno de la empresa; y un amplio conocimiento de las Responsabilidades Objetivas y Subjetivas a las que está sujeta la Persona Moral.
En este orden de ideas el nuevo abogado, debe conocer a profundidad el negocio de su cliente es decir a que se dedica de manera interna y externa; que tipo de relaciones entabla en lo laboral, lo comercial y lo administrativo; que tipo de inventario y sistema de producción lleva a cabo; si sus clientes son de tal o cual país y un largo etcétera; que en la mayoría de los casos concluye con una constante revisión de procesos, adecuación de estos a las necesidades actuales, al marco legal reformado y requerimientos de la autoridad.
Es evidente que el reto es mayúsculo, - tal como señalaba hace unos meses- sino importa que el alumno entienda que por el simple hecho de existir una persona moral ya ha generado un RIESGO para quienes la crearon y ponen sus esperanzas de crecimiento económico en ella.
Este RIESGO (así con mayúsculas) se llama Responsabilidad Objetiva o del Riesgo Creado, modelo plasmado en el artículo 1917 de Código Civil Federal; asimismo adicionado a la Responsabilidad Objetiva Penal de la Personas Moral, plasmada en los artículos 421 a 425 del Código Nacional de Procedimientos Penales, así como en el 11 y 11 bis del Código Penal importa para generar conciencia respecto del Deber de Autocontrol de la Empresa.
No se me malentienda, no es pretender que el alumno, sea instruido a nivel posgrado, por el contrario, es prepararlo, para que en su pensamiento exista la flexibilidad suficiente para integrar las diferentes ramas del derecho a las necesidades de la empresa.
Conociendo estos elementos, se garantizará que nuestros alumnos, puedan enfrentar el mundo empresarial de una manera mucho más estructurada y consciente, para los retos que implica.
Por el Mtro. Mauricio Garduño Gali, docente de la Escuela de Derecho y defensor de Derechos Universitarios de la Universidad Anáhuac Puebla
Acerca del Mtro. Mauricio Garduño
Doctor en Derecho y Maestro en Derecho Fiscal; Especialista en Derecho Fiscal y Compliance. Su trayectoria profesional se distingue por su ejercicio como asesor jurídico corporativo y especialista en Compliance, brindando consultoría estratégica para el sector empresarial.
Actualmente, ocupa el cargo de Defensor de Derechos Universitarios de la Universidad Anáhuac Puebla, velando por la integridad normativa de la institución. De manera simultánea, es Docente de Licenciatura y Posgrado en la misma Universidad, donde imparte cátedra y contribuye a la formación de abogados y especialistas en derecho empresarial y fiscal.