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Los derechos fundamentales y la nueva Constitución de la Ciudad de México



Pablo Estrada – INE En el lapso de una vida (por ejemplo, la mía), el Distrito Federal cambió de ser una entidad en la que sus habitantes tenían limitaciones severas para ejercer sus derechos políticos a otra con uno de los catálogos de derechos más amplios y liberales en el país. En 1997 se celebraron las primeras elecciones locales en el DF en casi 70 años. Durante las siguientes dos décadas se han llevado a cabo diversas reformas que, gradualmente, han quitado límites legales a ciertos tipos de decisiones que únicamente debe y puede tomar cada individuo. Entre esos casos, los que posiblemente han tenido más eco son el matrimonio homosexual, la adopción de hijos en parejas del mismo sexo o la legalización del aborto. Ese tipo de derechos pueden considerarse dentro de uno más general, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, o como parte de los llamados derechos fundamentales, que protegen los intereses más importantes de cada persona para que cumpla su proyecto de vida.Si una sociedad o grupos de ella consideran que las normas existentes ya no tienen que ver con sus propios intereses, comportamiento o condiciones, buscarán cambiar esas reglas. Una de las razones principales por la que esos derechos se han incluido en las normas locales es que hay cierta “demanda” de ellos. Los legisladores han recogido esas solicitudes y, luego de negociaciones entre sí –que no necesariamente deben terminar en consensos-, han llegado a las leyes locales.  Este es un proceso que ha ocurrido durante los últimos 20 años en el DF; dado que se trata de asuntos ya demandados, ya negociados y ya incluidos en la legislación local, no habría razón para suponer que no deban incluirse en la nueva constitución de la Ciudad de México.Sin embargo, ante la demanda de derechos, su reconocimiento en la legislación representa un éxito parcial por dos razones. Primero: mientras el gobierno no cuente con recursos para implementar políticas públicas que garanticen su pleno ejercicio, la ley es poco más que el papel entintado. Para los derechos que comenté arriba, por ejemplo, el gobierno tendría que promover la tolerancia, respeto e inclusión de todos los tipos de uniones y familias. La capacidad gubernamental también es necesaria para otro tipo de derechos igualmente fundamentales que algunos grupos políticos han propuesto que también se incluyan en la constitución, como el acceso al agua. En todo caso, la idea es la misma: la demanda de derechos no acaba sino hasta que su reconocimiento en la ley se refleje en la vida diaria de las personas.La segunda razón por la que se debe incluir derechos en una legislación es que siempre habrá peticiones de la sociedad para incluir nuevos derechos o profundizar el alcance de los existentes. Esto puede observarse, por ejemplo, en el desarrollo legal que ha tenido el matrimonio homosexual que, antes de considerarse así, pasó por regulaciones anteriores (como las sociedades de convivencia) que no daban a sus integrantes las mismas prerrogativas que las de un matrimonio heterosexual.Entonces, los legisladores deben reconocer que nunca puede esperarse que un catálogo de derechos humanos reconocidos en la legislación sea exhaustivo. Con toda seguridad, la muy plural sociedad que conformamos los habitantes de la Ciudad de México cambiará en unos años de formas que no nos imaginamos en 2016. Y, por supuesto, esos cambios tendrán que impactarse en las leyes locales. No bastará que la nueva constitución enumere una serie de derechos, sino que éstos, a su vez, se sostengan en el explícito reconocimiento del derecho al libre desarrollo de la personalidad o de gozar de derechos fundamentales. De este modo, los chilangos (o como sea que nos vayamos a llamar) continuaremos con la tendencia de continuar debatiendo las leyes de acuerdo a las demandas de la sociedad, para evitar que, como ocurrió durante 70 años, nuestra legislación limite nuestros derechos. 


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